Los dos impuestos que se aplican con mayor regularidad son el IVA y el IRPF. Existen algunos casos en particular en los que las empresas negocios o personas físicas, quedan exentos del pago del IVA o IRPF.
Cuando sucede esto, estamos hablando de que la empresa, negocio o persona física, ha obtenido algún tipo de beneficio fiscal.
El porcentaje del IVA que se suele aplicar sobre los bienes o servicios es del 21%. Esto quiere decir que, si el producto o servicio tiene un precio de base de $100, a ese se le deberá sumar $21, correspondientes al IVA. Por lo tanto, el valor final a pagar por el bien o servicio, será de $121.
Existen tres tipos de métodos a través de los cuales podremos calcular la Cuota tributaria:
La Cuota tributaria no es igual para todos los países. Algunos países tienen diferentes requisitos.
La Ley española distingue tres tipos de cuotas tributarias:
La Ley chilena establece el mismo porcentaje de IVA respecto de los bienes y servicios que se facturan.
Sin embargo, existen algunos impuestos especiales dentro del consumo: Existen algunos productos en los cuales, al realizar la primera venta, se deberá agregar un 15% extra, además del IVA, al valor del bien o servicio. En los artículos de pirotécnica, el impuesto es del 50%.
Respecto de las bebidas alcohólicas o similares, se les aplicará un impuesto extra que se le suma al IVA y que dependerá del tipo de bebida alcohólica que se esté comercializando.
En México, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), es inferior a los de otros países de la región. Generalmente, se aplica un porcentaje del 16% sobre los bienes y servicios que se comercializan.
Sin embargo, en la región fronteriza norte del país, este impuesto se reduce a la mitad, es decir, a un 8%.
Dentro del territorio colombiano el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es del 19% en casi todos los bienes y servicios que se comercian.
Algunos productos pagan tasas diferenciales como es el caso de las carnes frías y embutidos que solamente pagan un 5% de IVA.