Cuando una persona natural trabaja desde su casa (domicilio civil), éste mismo recinto será su Domicilio fiscal.
Pero si dispone de otro establecimiento para sus actividades comerciales, éste último será el domicilio registrado ante el fisco.
Es un deber ciudadano que todos (excepto los casos que indique la ley), declaren y paguen sus impuestos.
Eso se realiza ante el organismo que administra la hacienda pública
Por esa razón:
Hoy en día también se habla del Domicilio fiscal electrónico, que es un sitio informático habilitado para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Como se puede apreciar existe una amplia variedad de tipos de domicilios.
Todos ellos tienen conceptos diferentes porque tienen efectos legales distintos.
Por esa razón es muy importante conocerlos y diferenciarlos
Cuando se trata de personas jurídicas (empresas), el domicilio fiscal puede coincidir con el domicilio social.
Ambos domicilios son diferentes. Entonces:
Mientras realiza labores producción en algunos, mantiene sus oficinas administrativas en otros.
Una empresa procesadora de alimentos tiene su planta productiva en un lugar “A”, mientras que los vende en otro lugar diferente “B”.
Sus oficinas directivas se encuentran en “C”, por lo tanto, este último será su domicilio fiscal.
Y es además, el que se informa a las instituciones que velan por la seguridad social de los trabajadores.
Por eso es muy importante conocer bien las leyes y normativas locales.