Para desarrollar actividades de lícito comercio, las personas (naturales o físicas) deben escoger la Forma jurídica. Sólo así pueden emprender legalmente tales actividades.
Qué implica la Forma jurídica?
Toda vez que se opta por esta figura legal es necesario:
- Realizar una inversión de dinero para adquirir planta física, maquinaria, personal e iniciar actividades.
- Cumplir con las obligaciones contables y tributarias.
- Afiliarse o darse de alta en la instancia de seguridad social.
- Ejercer la responsabilidad ante terceros en los casos que indique la ley.
Como se aprecia, la Forma jurídica implica el ejercicio de ciertas responsabilidades y compromisos.
Tipos de Formas jurídicas
Existen varias formas de clasificar las Formas jurídicas. De acuerdo al grado de participación pueden ser:
- Individuales: Adoptadas por una sola persona.
- Societarias: En cuya formación participan varias personas.
Y de acuerdo al grado de responsabilidad se clasifican de manera diferente. Las que involucran responsabilidad limitada ante terceros son:
- Las autónomas.
- Las sociedades civiles y
- Las comunidades de bienes.
Mientras que las que limitan su responsabilidad en función del capital aportado por los accionistas son:
- Las sociedades limitadas.
- Las sociedades anónimas y
- Las cooperativas.
Cómo elegir la Forma jurídica apropiada?
Algunos criterios para escoger Forma jurídica que mejor se adapta a las actividades a emprender son los siguientes:
- Tener clara la naturaleza de la actividad comercial.
- Definir cuántas personas van a participar en el emprendimiento.
- Estimar el monto de inversión a realizar para comenzar las actividades. La ley exige montos diferentes para emprendimientos autónomos o societarios.
- Determinar el tipo de responsabilidad ante terceros cuando se adquieren obligaciones.
- Considerar el régimen fiscal aplicable, ya que los emprendimientos autónomos tributarán impuesto sobre la renta. Los emprendimientos societarios deberán liquidar también impuestos de sociedades.
- Igualmente es necesario tener en cuenta que la normativa contable presenta diferencias para emprendimientos autónomos y societarios.
En caso de ser autónomo o independiente, la persona responsable no se encuentra sujeta a lineamientos contables definidos. En cambio, de estar asociado, tales lineamientos deben cumplirse y respetarse.
El empresario independiente llevará una contabilidad más sencilla considerando el tamaño de la empresa.
Las obligaciones de pago (impuestos) del autónomo o independiente dependerán de la naturaleza de la actividad desarrollada.
Además, deben registrar cabalmente los ingresos y gastos en sus respectivos libros. Conjuntamente, deberán registrar los bienes de inversión y otros de sumo interés contable.
El software de contabilidad, gestión y facturación siempre será el mejor aliado para la gestión integral y eficiente de todos los procesos de la empresa.